Rionegro, 15 de Noviembre de 2024
BOLETÍN DE PRENSA 002
El gobierno Nacional, en cabeza del Presidente Petro, ha sancionado el Decreto 1381 del 14 de noviembre de 2024, que modifica el Decreto 596 de 2016.
- Con la firma del Decreto1381 del 14 de noviembre de 2024, las y los Recicladores de Oficio hemos demostrado que el trabajo que hemos desarrollado durante años debe ser protegido y respetado.
- Este decreto modifica los Decretos 596 de 2016, 1077 de 2015 y deroga el Decreto 1345 de 2021.
- Esta modificación otorga la EXCLUSIVIDAD de la prestación de la actividad de aprovechamiento a las Organizaciones de Recicladores de Oficio -ORO- históricas en la labor.
- Durante 8 años el gremio reciclador negoció, participó e incidió políticamente para que fueran subsanadas las zonas grises de los Decretos anteriores, que no permitían ni materializaban la garantía plena de los derechos amparados constitucionalmente del gremio reciclador en Colombia.
El día de ayer, el Presidente Gustavo Petro ha firmado el Decreto 1381 del 14 de noviembre de 2024. Este Decreto modifica el Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, 596 de 2016, y deroga a su vez el Decreto 1345 de 2021, al igual que dicta otras disposiciones.
Con el logro de la firma del ejecutivo del Decreto 1381 del 14 de noviembre de 2024, las y los Recicladores de Oficio hemos demostrado que el trabajo que hemos desarrollado durante años debe ser protegido y respetado, afincándonos en nuestra más grande conquista: la defensa y garantía de cumplimiento de lo dispuesto en los Autos 268 y 275 de 2010 y 2011 respectivamente.
Cabe resaltar que durante más de 8 (ocho) años desde la expedición del Decreto 596 de 2016, el cual regula la actividad de aprovechamiento en Colombia, los recicladores de oficio legítimos estamos al frente del proceso de incidencia política; desde el cual la Asociación Nacional de Recicladores de Colombia ha dado la lucha por el amparo de los Derechos que el Decreto 596 no reconoció, los mismos que la Corte Constitucional Colombiana amparó y ordenó en más de siete pronunciamientos.
Esta modificación ratifica en su cuerpo normativo «Que, mediante las sentencias T-724 de 2003, T-291 de 2009 y T-387 de 2012, así como en los Autos 268 de 2010, 183 de 2011, 189 de 2011, 275 de 2011, 366 de 2014, 118 de 2014 y 587 de 2015, la Honorable Corte Constitucional se ha pronunciado sobre los recicladores de oficio como sujetos de especial protección constitucional y sobre la necesidad de promover acciones afirmativas a su favor».
Asimismo, el cuerpo del documento modificatorio reconoce en su Artículo 1°, numeral 36 a las personas recicladoras como «Reciclador de oficio. Persona natural que goza especial protección constitucional, que realiza de manera habitual actividades recuperación, recolección, transporte y clasificación de los residuos sólidos ordinarios aprovecha para su posterior reincorporación al ciclo económico».
Lo más destacado, es el reconocimiento de la EXCLUSIVIDAD de la prestación de la actividad de aprovechamiento para las organizaciones de recicladores (as) de oficio) en tanto es una Acción Afirmativa.
De igual forma, el presente Decreto, en el artículo 2°, relaciona los criterios orientadores, a saber: Reconocimiento de la labor histórica de la población recicladora oficio, Fortalecimiento y regularización de organizaciones de recicladores de oficio como prestadores exclusivos de la actividad aprovechamiento, Transición a una economía circular en el marco del desarrollo sostenible, Adopción de criterios diferenciales para la reglamentación, inspección, vigilancia al control y regulación para organizaciones de recicladores oficio.
También, las CONDICIONES DIFERENCIALES de las organizaciones de Recicladores y Recicladoras, como “disposiciones especiales orientadas a diferenciar la reglamentación, inspección, vigilancia, control y regulación de la prestación de la actividad de aprovechamiento por parte de las organizaciones de recicladores de oficio frente a las demás personas prestadoras del artículo 15 de la Ley 142 de 1994 o aquella que la modifique o sustituya. Lo anterior, de acuerdo con la categoría municipal o distrital en la que se ubiquen”.
Cabe destacar también que queda inmerso en el cuerpo normativo que las entidades públicas del orden nacional, departamental y local «propenderán por presentar sus residuos sólidos ordinarios aprovechables a las organizaciones de recicladores de oficio como personas prestadoras de la actividad de aprovechamiento».
Es posible leer en el texto que el Decreto insta y otorga al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio roles para: apoyar el fortalecimiento de las organizaciones de recicladores de oficio -ORO- como prestadores de la actividad de aprovechamiento, impulsar espacios de diálogo, brindar asistencia técnica, entre otras.
Asimismo, a los entes territoriales les otorga la responsabilidad de promover la cultura ciudadana para una correcta separación de residuos, y garantizar y acompañar a las organizaciones de recicladores de oficio en la prestación del aprovechamiento en el marco del servicio público de aseo.
Este es el resultado de un gremio unido, coordinado y en defensa organizada del trabajo de las y los recicladores.
Ahora, seguiremos en incidencia, organización y articulación para lograr un régimen especial que proteja nuestras garantías de trabajo decente, y seguimos también estudiando la normatividad que acaba de decretarse, y siempre garantes de la defensa de aquello que pueda afectar a nuestro gremio, pues ¡Si tocan a uno o a una, nos tocan a todos y todas!
¡Gracias a nuestros líderes nacionales, gracias a cada reciclador y recicladora que marcharon con las banderas en alto, con pancartas, pendones y carteles, gracias a los otros y otras que se sumaron a la lucha, gracias a las y los voceros que estuvieron en las mesas de diálogo con el Ministerio de Vivienda y los demás entes gubernamentales, y gracias a aquellas y aquellos que juiciosamente estudiaron cada palabra que debía ser modificada; y también a las y los técnicos y voceros del gobierno que escucharon las voces colectivas recicladoras!
¡LA DEFENSA CONTINÚA!
Mayor información: Asociación Nacional de Recicladores – Asociación de Recicladores de Antioquia – Cooperativa de Trabajo Asociado Planeta Verde
+573148120251 – info@cooperativaplanetaverde.org